LLEGÓ LA HORA PARA TOMAR DECISIONES, DEFINIR COMPROMISOS E INICIAR IMPLEMENTACIÓN DE LA ORDEN 7 SENTENCIA T- 622.
Maria Brenilde Uribe Lemus
Nov 10, 2021
Articulo Noticias

Recordemos que mediante la sentencia T-622 de 2016, se reconoce al Río Atrato como sujeto de derechos, con la intención de garantizar su protección, conservación, mantenimiento y restauración. Para ello, la Corte Constitucional ordena al Gobierno Nacional designar un representante legal de los derechos del río.

Entre las órdenes impartidas, se encuentra la séptima, en la cual se ordena a los Ministerios de Agricultura, del Interior, de Hacienda, a los Departamentos de Planeación Nacional y Prosperidad Social, a las Gobernaciones de Chocó y Antioquia y a los municipios accionados; a que de manera concertada con las comunidades, diseñen e implementen un plan de acción integral que permita recuperar las formas tradicionales de subsistencia y alimentación en el marco del concepto de etnodesarrollo.

En cumplimiento de dicha orden, en el marco del convenio interadministrativo No. 1299 suscrito entre el IIAP y Mininterior, se construyó colectivamente el plan de acción integral, posteriormente y como resultado de ello se suscribe el convenio interadministrativo N° 20210526 entre el Ministerio de Agricultura y el IIAP con el objeto de ajustar el plan y su ruta de implementación, validar, concertar aprobar y adoptar dicho Plan. A la fecha, el Instituto de Investigaciones en alianza con el Ministerio de Agricultura generan el espacio denominado Mesas Interinstitucionales, donde se espera concretar y definir los compromisos que corresponden a cada entidad, para materializar las iniciativas priorizadas por las comunidades y dar cumplimiento a la dispuesto en la sentencia.